Sucesiones & Herencias: Lo que debes saber

Cuando se produce un fallecimiento, se desencadenan importantes cambios legales. En un momento difícil para quienes experimentan una pérdida de un ser querido, se presentan preocupaciones adicionales.

Somos conscientes de que tomar la decisión de iniciar la sucesión de un familiar muchas veces moviliza sentimientos y recuerdos. Por tal motivo, nos esmeramos en nuestro servicio profesional, para que nuestro cliente se encuentre contenido y guiado en las cuestiones legales.

Una sucesión es la transmisión de los derechos activos y pasivos de la herencia de la persona fallecida a su cónyuge o hijos, si los tuviera. En caso de que exista un testamento se podrá transferir estos derechos a terceras personas hasta el máximo establecido por la ley.

¿Cuáles son los requisitos y qué documentación necesito para iniciar una sucesión en Argentina?

Para iniciar una sucesión en Argentina necesitarás la siguiente documentación:

  1. Certificado de defunción de la persona fallecida
  2. Libreta de matrimonio si existiese cónyuge vivo
  3. Acta de nacimiento de los herederos (hijos) que acredite el vínculo
  4. Título de propiedad de los bienes

¿Qué es una declaratoria de herederos?

La declaratoria de herederos acredita frente a terceros, mediante la dictaminación del juez del sucesorio y a partir de la documentación presentada, la condición de herederos y vínculo con el fallecido. A partir de este momento los herederos pueden disponer de los bienes y el trámite se da por finalizado.

Cuando la persona fallecida no hubiera dejado testamento, la ley es la que establece quiénes son las personas llamadas a heredar los bienes del difunto. Estas personas son: el cónyuge, los hijos, padres, hermanos, tíos, sobrinos y primos. En el supuesto que el fallecido hubiese dejado testamento, heredarán las apersonas que surjan del mismo, siempre que no se afecte la legítima de los herederos forzosos.

Una sucesión se divide en dos etapas: la primera comprende desde el escrito de inicio hasta la declaratoria de herederos, y la segunda comprende desde la obtención de los certificados de dominio e inhibiciones hasta la inscripción del bien en el registro respectivo o por “tracto abreviado”, que es cuando el heredero quiere vender el bien sin que previamente se inscriba a su nombre. De esta manera, el heredero evita pagar doblemente los gastos de la inscripción.

¿Cuál es la diferencia entre los bienes propios y los gananciales?

Los bienes gananciales son aquellos que fueron adquiridos luego de la celebración del matrimonio. Por el contrario, los bienes propios son los que la persona fallecida ya poseía antes de casarse o bien, los adquiridos con posterioridad al casamiento pero a título gratuito (herencia, donación, etc.).