Para denunciar un accidente de trabajo o enfermedad profesional ante la ART, se deben seguir los siguientes pasos:
- Informar al empleador. Lo primero que se debe hacer, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, es informar inmediatamente al empleador, quien tiene la responsabilidad de: Comunicar el siniestro a la ART, en caso de que haya contratado una. Brindar la asistencia necesaria, en caso de que este autoasegurado. Este paso es de gran importancia ya que, según la normativa, si el trabajador no avisara al empleador o a la ART el mismo día laboral en el que se encuentre imposibilitado de cumplir con sus tareas, perdería el derecho a recibir la indemnización compensatoria.
- Denunciar el siniestro ante la ART. En caso de que el empleador no haya cumplido con la obligación de denunciar el siniestro ante la ART o prestadores médicos habilitados, el trabajador tiene el derecho de hacerlo él mismo. Lo mejor forma de hacerlo es comunicándose al número de teléfono que figura en la credencial de su ART (provista por el empleador).
- Obtener el número o constancia de siniestro de la ART. Una vez que el empleador o trabajador se comuniquen con la ART, ambos deben tomar nota del número de siniestro (provisto por la aseguradora).
- Recibir asistencia ilimitada y gratuita de la ART. Una vez que la ART recibe la denuncia, está obligada por ley a proveer en forma ilimitada y gratuita toda la asistencia que el trabajador precisa para el tratamiento de su dolencia. Lo que incluye: a) prestación médica y farmacológica, b) órtesis y prótesis, c) traslados hacia el prestador y d) tareas de rehabilitación.
- Esperar 10 días para saber si la ART acepta o rechaza la enfermedad o accidente laboral. Una vez recibida la denuncia, la ART debe decidir si la acepta o la rechaza en 10 días hábiles. Por ley, tiene derecho a extender el plazo 10 días hábiles más, aunque para ello es necesario que notifique al trabajador. Por último, en caso de que la Aseguradora incumpla este paso, la ART queda obligada a proveer todas las prestaciones necesarias para reparar el daño, establecidas por ley.
- Iniciar el trámite de rechazo de la denuncia de la contingencia. Si la ART rechaza la denuncia presentada por el trabajador, este último puede apelar la decisión iniciando el ‘Trámite por rechazo de la denuncia de la contingencia’. La otra opción, pero que solo puede comenzar una vez agotados todos los pasos en la instancia administrativa, es iniciar una demanda judicial al empleador y la ART.
¿Cuál es el listado de enfermedades laborales que cubre la ART?
El listado de enfermedades profesionales que cubre la ART se compone actualmente de lo dispuesto en tres normas:
- Decreto 658/96 (1996): establece el primer y más extenso listado de enfermedades profesionales. Ver aquí.
- Decreto 1167/03 (2003): agrega al listado general del decreto 658/96, un conjunto de nuevas enfermedades laborales asociadas a dos agentes de riesgo específicos. A saber: el Hantavirus y el Trypanosoma cruzi. Ver aquí.
- Decreto 49/14 (2014): agrega nuevos tipos de enfermedades al listado general e incorpora una nueva tabla de evaluación de incapacidades laborales reemplazando a la existente previamente en el decreto 659 de 1996. Ver aquí.
En cada una de ellas se presenta un listado más o menos extenso en el que se aclara:
- El agente de riesgo: como, por ejemplo, mercurio, níquel, selenio, estireno, estrógenos.
- Las enfermedades profesionales vinculadas al agente de riesgo: dermatitis aguda, melanodermia, estomatitis, neutropenia, hipoacusia, etc.
- El listado de actividades laborales en el que el agente de riesgo puede estar presente: impresión de telas, fabricación de joyas, fabricación de vidrio, curtido de pieles, síntesis química de productos, etc.
¿Qué es una enfermedad inculpable?
Una enfermedad inculpable es una afección no contraída ni con motivo del trabajo realizado ni a causa de la exposición a un agente de riesgo en el establecimiento laboral. Ejemplos de enfermedad inculpable son todos aquellos padecimientos que no aparecen en el listado de enfermedades de las ART, tales como: gripe, resfríos, lastimaduras domésticas, vitiligo, etc.
Generalmente cuando la ART y la comisión médica rechazan la denuncia de un trabajador de padecer una enfermedad laboral, lo hacen aduciendo que la misma es una enfermedad de carácter inculpable, es decir, de naturaleza no laboral ya que no se origina por el tipo o lugar de trabajo. De esta manera evitan tener que aceptar la denuncia y, por ende, tener que hacerse responsable del pago de la indemnización tarifada y/o el tratamiento médico.