¿Qué beneficio tiene presentar un reclamo con la representación de un abogado?
En el caso de ser una compañía de seguros ante quien se presente el reclamo extrajudicial y/o judicial, de realizarlo con la representación de un abogado especialista en accidentes de tránsito, usted siempre percibirá un monto indemnizatorio superior. Y es importante remarcar, que no se firmen acuerdos que representantes de algunas aseguradoras harán parecer justos, ya que ese es su trabajo y la realidad es que la tarea principal de estas personas, es intentar “cerrar el siniestro” por la menor cantidad de dinero posible.
Es muy importante que usted y todos los acompañantes que viajaban en el vehículo, busquen atención médica inmediatamente después del accidente de tránsito, aunque no sienta que fue herido. Algunas lesiones no se hacen visibles hasta días o semanas después del accidente. Mientras más tiempo transcurra entre la fecha del accidente de tránsito y la fecha de su primera visita al médico, más fácil le resultará a la compañía de seguros, reducir su reclamo por lesiones.
Como en todo accidente de tránsito, usted cuenta hasta con dos años para iniciar el reclamo. Recomendamos que no deje pasar el tiempo y reclame lo que le corresponde cuanto antes. En general, los accidentados como acompañantes no presentan el reclamo para no generarle un problema al dueño del vehículo, a quien conocen y no desean perjudicar. Si este último posee su seguro al día, la compañía de seguros será la que responda, el dueño del vehículo no se verá perjudicado de ninguna forma.
Esta es la documentación necesaria para poder iniciar un reclamo tras haber tenido un accidente de tránsito:
- Denuncia administrativa del siniestro presentada ante su aseguradora.
- Certificado de cobertura de la compañía que ampara su vehículo a la fecha del siniestro.
(Pedirlo a la compañía de seguro o productor de seguros) - En caso de reclamo de franquicia, una nota emitida por su compañía de seguros que indique el monto de la franquicia y el costo total de la reparación autorizado (Carta de Franquicia).
- Fotocopia del título del automotor.
- Fotocopia de la cédula de identificación del automotor (cédula verde). (No son necesarias las dos, una u otra)
- Fotocopia de la licencia del conductor al momento del accidente
- Fotocopia del documento de identidad del conductor
- Autorización del cliente a realizar el reclamo administrativo firmado por este (el modelo de autorización se le enviará para que pueda completarlo)
- Dos presupuestos detallados de la reparación de los daños, con los trabajos de mano de obra, chapa, pintura, mecánica, repuestos, etc.
- Varias fotografías de los daños y una en la que se vea la patente del vehículo y el auto en general.
- Un escrito firmado en carácter de declaración jurada en caso de que no tuvieras cobertura de seguro. (Lo hacemos nosotros, solo viene a firmarlo)
- Fotocopia del formulario 08 de transferencia por ante el RNPA con firma certificada del comprador y del vendedor, si el reclamante no fuera el titular registral del vehículo por una compra-venta reciente. (Si compró y todavía no hizo la transferencia del auto y lo chocan en el transcurso).
En caso de que el conductor no sea el mismo, la cedula azul.